Ayer os detallábamos () como se consiguió aprobar la reducción del uso de la configuración este dentro de la resolución 161/178 aprobada por unanimidad en el Congreso de los Diputados y como la redacción finalmente aprobada era la siguiente:
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"Instar a AENA y al Ministerio de Fomento a mantener, sin perjuicio de la capacidad del aeropuerto, la obligatoriedad de la utilización preferente "oeste" cuando el componente del viento sea inferior o igual a 10kt en cola y/o 25 kt cruzado en las operaciones de despegue y aterrizaje en el aeropuerto de Barcelona-El Prat " |
Dado que hemos recibido varias preguntas sobre este añadido, hoy queremos aclararos que pese a que el PSOE exigió incluir la frase "sin perjuicio de la capacidad del aeropuerto", este añadido no modifica en nada el espíritu de la resolución porque:
- La capacidad actual del aeropuerto es de unos 40 aterrizajes/hora tanto en configuración este como oeste (por lo tanto, caben los mismos aviones en ambas configuraciones)
- Con los nuevos límites de viento se tardará más en poner la configuración este porque hasta que no se llegue a una previsión de 10 nudos, se seguirá operando con la configuración oeste.
- Con los nuevos límites de viento se quitará más rápido la configuración este porque la previsión del viento antes bajará de los 10 nudos.
Por lo tanto, en todos los casos se producirá una reducción del uso de la configuración este. |